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Apéndice nº 360 de aplicación a tres pólizas flotantes de INCENDIOS, ROBO y CREDITO, suscritas por la entidad GENERAL ESPAÑOLA DE SEGUROS. Este apéndice aseguraba, contra los riesgos anteriormente...

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24510‎$a‎Apéndice nº 360 de aplicación a tres pólizas flotantes de INCENDIOS, ROBO y CREDITO, suscritas por la entidad GENERAL ESPAÑOLA DE SEGUROS. Este apéndice aseguraba, contra los riesgos anteriormente mencionados, las existencias de aceites de su propiedad ubicadas en el término municipal de Cebolla (provincia de Toledo), estableciéndose un capital asegurado de 150.000 pesetas. El efecto del seguro se establecía por un plazo de 195 días, desde el 2 de abril de 1936 hasta el 17 de octubre del mismo año, y se fijaba una prima de 1.026 pesetas con 95 céntimos. Por otro lado, en el apéndice se indicaba que, con fecha 31 de marzo de 1936 a D. Ramón Ferrero Pavón se le había concedido un préstamo de 112.500 pesetas por el Banco de Bilbao con la garantía prendaria de las existencias de aceites de su propiedad, quedando ésta en poder del prestatario en calidad de depósito. En las condiciones generales impresas del documento se especificaba que, 'en caso de siniestro, las indemnizaciones correspondientes se dedicarían, en primer término, a abonar al Banco el importe del préstamo concedido, siendo el excedente para completar el valor de las mercancías aseguradas'. El Apéndice se suscribió en Madrid, el día 3 de abril de 1936 y lleva las firmas del Prestatario, el Banco y el Director de la entidad aseguradora (José María Sunyer)
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